¿Cómo se Integran los Organismos de Tránsito Municipales al SIMIT?

Un conductor puede recibir una multa en Leticia y luego intentar hacer un trámite en Bogotá. Si el organismo municipal no estuviera conectado al SIMIT, el sistema fallaría. Por eso, la integración de cada Organismo de Tránsito Municipal (OTM) es obligatoria según la Ley 769 de 2002.

¿Por qué es Obligatoria la integración al SIMIT?

El Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT) fue creado por la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre.

Los artículos 10 y 11 establecen que todos los organismos de tránsito deben reportar sus infracciones al sistema nacional administrado por la Federación Colombiana de Municipios.

Esto evita que cada municipio trabaje con bases de datos aisladas. Antes del SIMIT, un conductor podía tener multas en una ciudad y hacer trámites en otra sin restricciones.

La integración garantiza control nacional, transparencia y trazabilidad.

¿Cómo se Integran los Organismos de Tránsito Municipales al SIMIT?

¿Qué es un Organismo de Tránsito Municipal (OTM)?

Un OTM es la entidad local encargada de aplicar normas de tránsito dentro de su jurisdicción.

Puede ser:

  • Secretaría de Movilidad
  • Secretaría de Tránsito
  • Instituto municipal de transporte

Ejemplos incluyen la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá o la Secretaría de Movilidad de Medellín.

Cada organismo impone comparendos, realiza audiencias y gestiona procesos sancionatorios. Sin embargo, debe reportar toda la información al SIMIT.

¿Cómo Funciona La Integración Tecnológica al SIMIT?

La integración no es solo administrativa. Es principalmente tecnológica.

Cada organismo debe conectarse a la plataforma central mediante servicios web o interfaces de programación (API). Esto permite el intercambio automático de información.

El sistema funciona en doble vía:

  • El municipio envía datos al SIMIT.
  • El municipio consulta datos del SIMIT.

Esta conexión asegura actualización constante.

Proceso Técnico de integración Paso a Paso

1. Conexión a la Plataforma central

El organismo municipal firma un acuerdo de integración con la Federación Colombiana de Municipios.

Luego, implementa conexión tecnológica segura con el nodo central del sistema.

Esta conexión permite enviar información en tiempo real o en ciclos programados.

2. Cargue de información de comparendos

Cada comparendo físico o electrónico debe registrarse en el sistema municipal.

Posteriormente, la información se transmite al SIMIT con datos estandarizados:

  • Número de cédula
  • Placa del vehículo
  • Código de infracción
  • Fecha y lugar
  • Evidencia digital (si aplica)

El uso del Formulario Único Nacional de Comparendos garantiza que todos los municipios utilicen el mismo formato.

3. Validación legal de la infracción

Antes de aparecer en el sistema nacional, el comparendo debe cumplir requisitos legales.

En el caso de fotodetección, la Ley 1843 de 2017 exige que la evidencia sea validada por un agente de tránsito.

Sin esta validación, la sanción puede ser anulada.

Una vez validada, la información se replica en la base de datos nacional.

4. Consulta de Antecedentes Para Trámites

Cuando un ciudadano solicita un trámite, el organismo municipal consulta el SIMIT.

Si existen deudas en cualquier parte del país, el sistema lo indica inmediatamente.

Esta consulta está conectada con el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), supervisado por el Ministerio de Transporte.

Si hay deuda activa, el trámite no puede avanzar.

5. Actualización de pagos y estado de paz y salvo

Cuando un ciudadano paga una multa, el municipio debe reportar el pago al sistema.

El cambio de estado a “paz y salvo” se actualiza en minutos.

Esto evita bloqueos innecesarios en trámites posteriores.

¿Cómo funciona el Flujo Financiero entre Municipios y el SIMIT?

El sistema también cumple una función financiera.

Opera como una cámara de compensación nacional.

Tipo de pagoProcesoDestino del dinero
Pago localEl ciudadano paga en el municipio donde cometió la infracción90% municipio, 10% Federación Colombiana de Municipios
Pago en otra ciudadEl ciudadano paga desde cualquier lugar del paísEl SIMIT distribuye automáticamente los recursos
  • El 10% cubre costos de operación y mantenimiento del sistema.
  • El 90% se transfiere al municipio que impuso la multa.

¿Qué Pasa si un Municipio pierde conexión con el SIMIT?

La desconexión genera problemas graves:

  • No puede reportar nuevas multas.
  • No recibe transferencias por pagos realizados en otras ciudades.
  • Sus ciudadanos enfrentan bloqueos en trámites ante el RUNT.

En la práctica, el municipio quedaría administrativamente aislado.

Por eso, la estabilidad tecnológica es esencial.

Importancia de la estandarización nacional

El uso del Formulario Único Nacional y códigos homogéneos evita errores de digitación.

Un dato mal registrado puede invalidar una sanción o generar procesos judiciales.

La estandarización protege tanto a la administración como al ciudadano.

Además, permite análisis estadísticos nacionales sobre seguridad vial.

Impacto en la seguridad vial

La integración nacional facilita:

  • Control efectivo de reincidencia
  • Mayor recaudo para inversión en señalización
  • Registro transparente de infracciones
  • Aplicación uniforme de la ley

Según la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la trazabilidad de infracciones es clave para reducir comportamientos riesgosos.

Un sistema fragmentado dificultaría ese control.

Conclusión

La integración de los organismos de tránsito municipales al SIMIT es un mandato legal respaldado por la Ley 769 de 2002.

Funciona mediante conexión tecnológica, validación jurídica y flujo financiero estructurado. Cada municipio reporta infracciones, consulta antecedentes y actualiza pagos en tiempo real.

Sin esta integración, el control nacional del tránsito sería imposible. El sistema garantiza igualdad en la aplicación de la ley en todo el territorio colombiano.

Preguntas Frecuentes

1. ¿Es obligatorio que un municipio esté conectado al SIMIT?

Sí. La Ley 769 de 2002 exige la integración nacional de los organismos de tránsito.

2. ¿Quién administra la plataforma del SIMIT?

La Federación Colombiana de Municipios.

3. ¿Qué pasa si un comparendo no se valida correctamente?

Puede ser anulado por incumplimiento de requisitos legales, especialmente en casos de fotomultas.

4. ¿El municipio puede Cobrar multas sin reportarlas al SIMIT?

No. Debe registrarlas en el sistema nacional para que tengan efectos administrativos.

5. ¿Cuánto recibe el Municipio por cada multa?

El 90% del valor pagado. El 10% se destina a la operación del sistema.

6. ¿La integración Afecta los trámites en el RUNT?

Sí. Si el SIMIT reporta deuda, el RUNT bloquea automáticamente el trámite.

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